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Publican en el DOF la reforma laboral para trabajadores de plataformas digitales

por Abraham Arcos

La tarde de este martes 24 de diciembre de 2024, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó en su edición vespertina, el decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, en materia de plataformas digitales. Recordemos que el pasado 10 de diciembre la Cámara de Diputados, aprobó el dictamen que reconoce a las y los trabajadores de apps sus derechos laborales y seguridad social, que son necesarios para formalizar su relación laboral con las empresas.

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DOF: Decreto que reforma y regula el empleo en plataformas digitales

El documento adiciona los artículos 49, 50, 127, un Capítulo IX Bis y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo, donde indica que las plataformas digitales serán un conjunto de mecanismos, que asignen tareas, obras, servicios y trabajos a personas trabajadoras en favor de terceros; Además, define a las personas de esta modalidad, como personas que prestan sus servicios personales, remunerados y subordinados, bajo la supervisión de la plataforma.

Por otra parte, establece reglas para la participación en el reparto de utilidades reconocidas por la Constitución Política conforme al tiempo efectivamente laborado, mismo que deberá ser superior a las 288 horas al año. También define que no se considera como empleadores a las personas a los usuarios, consumidores o beneficiarios de tareas, servicios y trabajos.

Por su parte, los trabajadores tendrán la opción de definir el tiempo destinado para la plataforma, mientras que el salario se fijará por tarea, servicio, obra o trabajo realizado, contemplando un día de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.

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Obligaciones tras la publicación

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, se encargará de autorizar y registrar los contratos y establece sanciones a los empleadores de este tipo de trabajo que incumplan las obligaciones en la Ley Federal del Trabajo.

El Instituto Mexicano del Seguro Social, contará con un plazo de 180 días naturales, a partir de la publicación, para que se preparen las iniciativas con mayores detalles sobre los aspectos relativos al cumplimiento de dichas obligaciones.

Finalmente, el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, tras 5 días de su publicación en el DOF, las reglas de carácter general que garantice las obligaciones contenidas, a través de una prueba piloto.

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