Ley de turismo: establecen multas para anfitriones de Airbnb en CDMX
El nuevo Reglamento de la Ley de Turismo en CDMX establece multas de hasta 21 mil 600 pesos para anfitriones y plataformas como Airbnb.
La Ciudad de México ha actualizado su Reglamento de la Ley de Turismo, derogando el documento previo emitido en 2012. Este nuevo reglamento es resultado de las reformas a la Ley de Turismo local aprobadas en abril de 2024, las cuales contemplan el reconocimiento y regulación de plataformas tecnológicas de hospedaje como Airbnb.
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Ley de turismo: nuevas reglas para anfitriones y plataformas
El reglamento establece un marco de igualdad de condiciones para todas las plataformas, sin importar si son nacionales o extranjeras. Define los requisitos para que anfitriones y propiedades se registren en el Padrón de Plataformas y Anfitriones. Además, se requiere la presentación de reportes semestrales tanto por las plataformas como por los anfitriones.
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Entre las obligaciones de los anfitriones se incluye la inscripción en el Padrón de Anfitriones y se establece un límite de inmuebles registrados. Aquellos que deseen registrar más de tres propiedades deberán cumplir con la Ley de Establecimientos Mercantiles. Además, los anfitriones deben garantizar que las propiedades cumplan con las normas de seguridad y protección civil.
El reglamento también promueve nuevos segmentos de turismo, como el cultural, gastronómico, de salud, reuniones, religioso, educativo, LGBTTTIQ+ y deportivo. Asimismo, establece derechos y obligaciones para los turistas. Uno de los puntos más relevantes es que quienes viajen con menores de edad deben acreditar parentesco al solicitar servicios de hospedaje.
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Sanciones por incumplimiento
El reglamento incluye sanciones para los anfitriones, prestadores de servicios turísticos y plataformas tecnológicas que no cumplan con las disposiciones establecidas en la ley, promoviendo así un entorno de mayor legalidad y seguridad en la industria del hospedaje temporal en la capital.
En el documento publicado en la Gaceta Oficial, se establece que los anfitriones o propietarios de inmuebles que contravengan los requisitos señalados en el reglamento y la Ley de Turismo serán acreedores de multas que van desde los 2 mil 714 hasta los 10 mil 874 pesos, o incluso la suspensión de actividades por hasta 15 días naturales.
Finalmente, quienes operen, intermedien o administren una plataforma digital e incumplan las disposiciones de la Ley y el Reglamento enfrentarán sanciones de 5 mil 400 a 21 mil 600 pesos. Estas sanciones se aplicarán sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que pudieran derivarse.