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Digamos no a la violencia política y mediática

Como bien se sabe la violencia no sólo es física, también la hay económica y psicológica y cada una de estas debe verse como lo que es, actos que atentan contra los Derechos Humanos de cualquier persona, pero si nos enfocamos en el ámbito de la mujer, la situación es todavía más grave.

La paridad de género, un principio que se utiliza para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en el acceso a puestos de representación política.

Asegura que al igual que los hombres, las mujeres en toda su diversidad tengan una participación y representación igualitaria en la vida democrática de nuestro país. Cabe señalar que este es resultado de la aprobación de reformas a la Constitución Política y en el 2014 se estableció el principio de paridad en el registro de candidaturas.

Pero, ¿qué es lo que pasa cuando la violencia se hace presente y afecta directamente a las mujeres? De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la violencia política a razón de género es:

“toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo”.

Ahora bien, si esto lo trasladamos a un ámbito en el que la tecnología está presente, tenemos que hablar de la violencia digital, que la misma ley define como aquella acción con dolo que se realice con el uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y a través de las cuales:

“se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia”.

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Y para entrar en materia, podemos hablar de seis tipos de violencia digital y mediática que explicaremos a continuación.

Tipos de violencia digital

Doxing: Se refiere a la difusión de información personal en plataformas digitales sin consentimiento. Principalmente se hace con el fin de dañar su reputación, tales como estados financieros, domicilio personal, y/o diversa documentación.

Body Shaming: En este caso se habla de cualquier tipo de ofensa por la apariencia física. Se ha determinado la existencia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), “a comentarios en redes sociales que resaltan cambios físicos como pueden ser cirugías plásticas, o bien expresiones que señalan que por su aspecto físico lograron las candidaturas o puestos que ejercen”.

Sexting: Este se centra en el envío de mensajes de texto, fotografías o videos de tipo sexual de manera consensuada. Pero se convierte en violencia digital cuando no hay aprobación de la publicación. En el ámbito político se utiliza para obstaculizar, limitar o anular los derechos políticos y electorales, en especial, de las mujeres.

Trolear: Es una ofensa directa en internet. Prácticamente se refiere a publicar mensajes provocativos,ofensivos o fuera de lugar con el fin de boicotear a alguien, o entorpecer la conversación en foros y redes sociales. Este tipo de actos se manifiestan frecuentemente en el ámbito político electoral a través de publicaciones denigrantes que niegan la capacidad de las mujeres para participar en el ámbito público.

Ciberbullying: Cometer acoso verbal o psicológico, entre otros, a través de las redes sociales o servicios de mensajería

Skalkear o Acosar: Acechar, perseguir y acosar en plataformas digitales, por medio de la revisión de contenidos publicados en redes sociales. Para las mujeres suele ser una situación que se magnifica debido a que trasciende de lo privado a lo público.

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Violencia de género

El informe sobre la Violencia de género en línea hacia las mujeres con voz pública de ONU Mujeres, refiere que la violencia en línea por razones de género tiene como objetivos centrales callar voces, disciplinar, aleccionar y generar temor. De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), en caso de ser víctima de violencia mediática y digital en contra de las mujeres en el ámbito político menciona que lo más importante es documentar las acciones y recabar toda la información que funcione para realizar la denuncia correspondiente.

Esto puede ser correos electrónicos, mensajes de texto o de voz, si hay violencia en redes sociales se debe documentar la URL y realizar capturas de pantalla. Dichas denuncias se pueden realizar ante Autoridades administrativas electorales, Tribunales Electorales, Partidos Políticos nacionales y locales, Autoridades en materia penal y Autoridades Administrativas.

La consejera del INE Carla Humphrey Jordan, señalaba a finales del 2023 que uno de los retos más importantes más allá de incrementar la participación de las mujeres en los comicios es garantizarles que no sean violentadas por tener interés en un cargo público, aunado a que se les de la certidumbre de que podrán ejercerlo y de ser víctimas de algún tipo de violencia, tendrán los mecanismos para denunciarlo.

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Violencia política

Advirtió que más del 70% de los casos de violencia política surgen en el ámbito municipal y “es aquí donde tenemos una deuda muy importante y donde tenemos que trabajar de la mano de los municipios, para garantizar que las mujeres no sean violentadas por querer ocupar un cargo público”.

Humphrey consideró importante tener herramientas para que las mujeres puedan defender sus derechos político-electorales. Un dato revelador es que en el Proceso Electoral Federal 2020- 2021 la presentación de las quejas y denuncias tuvo un alza del 314%, en relación a las presentadas en el PEF 2017-2018, según el informe de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral.

Cabe señalar que del 14 de abril del 2020 al 19 de marzo de 2024 se recibieron 402 quejas y denuncias o vistas en materia de VPMRG y 28 tuvieron lugar tan sólo en el mes de marzo, casi una por día, de las cuales la conducta denunciada ha sido por publicaciones a
través de medios digitales.

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