Infonavit: Así puedes retirar el dinero de tu subcuenta de vivienda
El Infonavit comparte el paso a paso del trámite y requisitos para retirar el dinero de la subcuenta de vivienda.
El Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit), pone a disposición de los derechohabientes la posibilidad de retirar el dinero de la subcuenta de vivienda y te explicamos el paso a paso para realizarlo.
Lo primero que deben hacer los usuarios es identificar el tipo de fondo de ahorro al que están inscritos:
- Fondo de ahorro 1971 – 1992: conformado por aportaciones patronales realizadas del tercer bimestr de 1972 al 1er bimestre de 1992.
- Subcuenta de vivienda 1992: en este fondo se encuentran las aportaciones patronales realizadas entre el segundo bimestre de 1992 y hasta el tercer bimestre de 1997.
- Subcuenta de vivienda 1997: dicho fondo está conformado por las aportaciones patronales efectuadas a partir de del 1° de julio de 1997.
Una vez localizados los tipos de ahorro a reclamar, los derechohabientes tendrán que conocer la Ley de Seguro Social en la que se encuentran y seguir los procedimientos correspondientes.
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Este es el trámite y requisitos del Infonavit para retirar dinero de subcuenta de vivienda
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Ley 73: para aquellos trabajadores que cotizaron en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes del 1° de julio de 1997 y después de dicho periodo también.
Requisitos de trámite presencial:
- Contar con saldo disponible en el fondo de ahorro o en subcuenta de vivienda.
- Resolución de pensión expedida por el IMSS.
- No tener crédito Infonavit vigente.
- Estar registrado en una Afore.
- Generar cita desde Mi Cuenta Infonavit.
- Contar con Número de Seguridad Social (NSS), CURP y RFC.
- Original y copia de identificación oficial vigente.
- Cuenta bancaria a nombre del derechohabiente con CLABE y que acepte depósitos por la cantidad a devolver.
- Estado de cuenta bancario no mayor a dos meses.
Para realizar el trámite desde Mi Cuenta Infonavit, en línea:
- Contar con saldo disponible en cuenta de ahorro o subcuenta.
- Resolución de pensión del IMSS.
- Estar registrado en Mi Cuenta Infonavit.
- Cuenta bancaría con CLABE.
- Firma electrónica del SAT.
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Ley 97: Para las y los trabajadores que empezaron a cotizar en el IMSS después del 1° de julio de 1997 y de manera opcional para los trabajadores que cuentan con cotizaciones previas y posteriores.
“En el caso de los pensionados bajo el régimen de Ley 97, la totalidad de los recursos disponibles en la Subcuenta de Vivienda 92 y Subcuenta de Vivienda 97 y los rendimientos generados hasta el momento en que son solicitados son enviados a la Afore en la que se encuentran registrados para su devolución o integrarse al saldo total que determinará su pensión, según aplique; la solicitud de los recursos debe realizarse a través de su Afore. En caso de contar con recursos disponibles en Fondo de Ahorro 1972-1992 y/o Solo Infonavit, se deben solicitar directamente al Infonavit“, explica el Instituto. Puedes obtener más información y realizar el trámite en este enlace.