Conflicto minero en México podría eliminar tope de pago de utilidades

¿Adiós tope de pago de utilidades?

Tras el triunfo de las demandas del Sindicato minero “Frente”, que se dio gracias a la obtención de un amparo contra el tope de pago de utilidades, la prestación laboral podría presentar ajustes en beneficio de los trabajadores de México.

La semana pasada, el Sindicato Nacional Minero “Frente”, dio a conocer que Rosaura Rivera Salcedo, juez octavo del Distrito en Materia de Trabajo en Ciudad de México, dio un amparo a la sección 120 de la Ciénega en Santiago Papasquiaro, Durango, a través del cual se elimina la aplicación del decreto para el tope de utilidades.

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En 2021, se reformó la Ley Federal del Trabajo (LFT), para poner límite al pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU).

La modificación se hizo al Artículo 127, con la aplicación y adhesión de la fracción VIII, la cual menciona que “El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador”.

Sin embargo, ante la inconformidad de los trabajadores de las minas mexicanas, el amparo les regresará los ingresos equivalentes al 10 por ciento de las ganancias totales de la empresa que explota el complejo minero, de acuerdo con su rendición de cuentas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

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¿Adiós tope de pago de utilidades?

Este conflicto, al cual se añade la lucha de trabajadores de Zacatecas contra la empresa estadounidense Newmont, puede representar un precedente para estandarizar el pago del reparto de utilidades en México.

Germán de la Garza de Vecchi, líder de Fisher Phillips México, declaró para El Economista que la situación “abre la puerta a que esa fracción que se adicionó en su momento al artículo 127 de la LFT (…) prácticamente quedaría eliminado. En este sentido, regresaremos al pago de 10 por ciento de la utilidad, lo que arriesga la rentabilidad de las empresas (…) Esta, por ahora, es una sentencia aún aislada, pero corre el riesgo de convertirse (…) en una jurisprudencia”.

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