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Coparmex llama a las autoridades a cumplir con la normatividad de protección de datos personales y transparencia 

by Mujer Ejecutiva
Coparmex

La Confederación Patronal de la República Mexicana, (Coparmex), calificó de de injustificada e ilegal la divulgación no autorizada de información confidencial sobre contratos y datos personales, en posesión del gobierno, cuando esta obligado a resguardarla.

Por ello, la Confederación hizo pública la preocupación de empresarios e inversionistas, por la publicación hecha por el Ejecutivo federal de datos de empresas e información personal de ciudadanos referentes a contratos privados que se encuentran protegidos por diversas leyes vigentes, incluyendo la normatividad de protección de datos personales.

“La Constitución, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP) y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO) establecen la obligación de los entes públicos de limitarse a usar la información bajo su posesión, incluyendo aquella que constituya  datos personales por estar vinculada a una persona física, para fines lícitos; es decir, para fines que estén permitidos  y autorizados en las leyes aplicables, por lo que su uso y/o divulgación no autorizada, implica un actuar ilegal de la autoridad que se traduce en una violación flagrante del derecho humano de protección de datos personales de las personas titulares de dicha información”. 

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Información confidencial

La Coparmex agregó que el artículo 113 de la LFTAIP indica que se considera como información confidencial aquella que:

  • a) contiene datos personales concernientes a una persona física identificada o identificable
  • b) Los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos
  • c) aquella que presenten los particulares a los sujetos obligados, siempre que tengan el derecho a ello, de conformidad con lo dispuesto por las leyes o los tratados internacionales 

Por su parte, dijo, la LGPDPPSO establece que el tratamiento de datos personales por parte del responsable deberá sujetarse a las facultades o atribuciones que la normatividad aplicable le confiera y guardar absoluta confidencialidad de los datos bajo su posesión, en aras de garantizar el derecho humano a la protección de datos personales de la ciudadanía.

“El derecho humano a la confidencialidad de los datos personales es un triunfo de la ciudadanía en todo el mundo para evitar que se repitan historias del pasado en las que esta información fue usada para atacar a quienes se consideraban adversarios, al ponerlos en un estado de indefensión”.

Violación a disposiciones legales

De acuerdo con la Coparmex, “la violación a estas disposiciones legales afecta también a las empresas, pues mina la confianza en las inversiones ya que revela que la autoridad puede, en cualquier momento, transgredir, de manera injustificada e ilegal, los derechos humanos pilares del Estado de Derecho y, como consecuencia, la confianza en que las leyes de nuestro país serán respetadas a cabalidad. Esas acciones pueden afectar significativamente la percepción internacional e incidir negativamente en el desarrollo económico y social de nuestra nación y de las familias mexicanas”.

De igual manera resalta que debe tenerse en cuenta que al darse a conocer información de carácter fiscal, se pone en entredicho la actuación de las autoridades hacendarias quienes son las responsables legales de resguardar los datos de los contribuyentes y proteger esta información de acuerdo con la normatividad citada. 

“En Coparmex somos defensores de la Constitución, los tratados internacionales suscritos por México, las leyes y de las instituciones encargadas de garantizar los derechos de los ciudadanos.  Por eso, hacemos un respetuoso llamado a las autoridades federales, estatales y municipales, a respetar las leyes, normas y procedimientos aplicables con respecto a la confidencialidad de la información y protección de datos personales en su posesión”.  

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