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Senado aprueba reforma para sancionar hasta con 12 años de cárcel a quienes difundan imágenes e información de víctimas de violencia

Por: Mujer Ejecutiva 13 Sep 2023
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La divulgación de información e imágenes de las personas víctimas de algún delito constituyen un daño a la dignidad y memoria de las mismas.

El Senado de la República, ha aprobado cambios a las leyes para tipificar como delito y sancionar la filtración o difusión de imágenes e información de víctimas de feminicidios o ilícitos sensibles relacionados con la violencia de género.

El proyecto establece como delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos, las siguientes acciones:

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“Dar a conocer, difundir, entregar, revelar, publicar, transmitir, exponer, remitir, distribuir, videograbar, audiograbar, fotografiar, filmar, reproducir, comercializar, ofertar, intercambiar, copiar o compartir, a quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos o constancias que obren en una carpeta de investigación o en un proceso penal y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean reservados o confidenciales”.

Sanciones establecidas

En este sentido, dispone que a quienes difundan imágenes e información de víctimas de violencia, se les impondrá una pena de cárcel que puede variar desde los seis hasta los 12 años.

Asimismo, se impondrán multas para quienes incurran en este nuevo delito, las cuales oscilan entre 500 y mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a un monto de entre 51 mil 870 y 103 mil 740 pesos.

Estas sanciones se incrementarán en un cincuenta por ciento cuando las víctimas sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o cuando la información corresponda a cadáveres.

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Garantizar el respeto y la dignidad

Las y los senadores destacaron que este proyecto tiene el propósito de garantizar una vida libre de violencia contra la mujer en todas sus formas, por lo que busca combatir la violencia mediática de género y su normalización; al establecer y tipificar como delito que las personas servidoras públicas filtren o difundan fotografías o información relacionada con una víctima.  

“Con este tipo de prácticas, se evitan violaciones a la dignidad y derechos humanos de las víctimas, sus familiares o dependientes, y se garantiza el debido proceso”. 

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Justicia del Senado, Olga Sánchez Cordero, enfatizó que esta modificación busca garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección, bienestar físico y psicológico de las víctimas.

Asimismo, afirmó que la divulgación de información e imágenes de las víctimas de algún delito constituyen “claramente” una lesión a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas.

El dictamen hace referencia al caso de Ingrid Escamilla, en el que se difundieron imágenes del cuerpo de la víctima de feminicidio en medios de comunicación y redes sociales en febrero de 2020; lo que laceró la dignidad y memoria de la víctima y de sus familiares, al exponer públicamente material visual de su cuerpo.

De igual manera, menciona que este hecho, puso en el centro del debate el actuar de las autoridades y personas servidoras públicas, en la integración de las carpetas de investigación del delito de feminicidio y la falta de integridad y profesionalismo en el manejo de información y material contenido en dichas carpetas, que deberían encontrarse bajo la debida confidencialidad y reserva.

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