Este miércoles 2 de octubre de 2024, se aprobó por unanimidad de 476 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la iniciativa que reforma y adiciona la Ley Federal del Trabajo, en materia a las personas trabajadoras durante la jornada laboral de 8 horas, conocida popularmente como “Ley Silla”.
El diputado Ricardo Monreal Ávila de Morena, argumentó que “nadie podría oponerse a la misma, porque su contenido es noble; no creo que ningún legislador o legisladora se oponga a la misma, con ello se busca modificar cuatro artículos de la Ley del Federal del Trabajo”.
Además, Monreal explicó que “se dispone que aquellas mujeres y hombres que presten sus servicios en tiendas de consumo, servicios distintos, mercados o cualquier otra actividad similar puedan disponer de un descanso y puedan tener sillas con respaldo para poder ejercer su función durante su jornada laboral”.
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¿En qué consiste la Ley Silla?
La nueva ley obliga a los empleadores a proporcionar suficientes sillas con respaldo para los trabajadores en los sectores de servicios, comercio y trabajos similares. Estas sillas deben estar disponibles tanto para la realización de tareas como para los descansos periódicos durante la jornada laboral.
Para estos descansos, las sillas deberán estar en áreas designadas dentro de las instalaciones de trabajo. Esta disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.
La iniciativa, denominada “Ley Silla”, también busca prohibir que los empleadores exijan a los trabajadores mantenerse de pie durante toda la jornada. Del mismo modo, se plantea la obligación de que puedan sentarse de manera regular durante sus actividades.
Asimismo, se pretende incluir en el reglamento interno del trabajo la obligatoriedad de los descansos y el derecho de los empleados a utilizar los asientos con respaldo. Además, que las normas asegurarían el descanso adecuado durante el horario laboral.
La propuesta incluye reformas a los artículos 132, 133, 422 y 423, además de agregar una nueva fracción XVII al artículo 133. Tras su aprobación, el documento fue enviado al Senado para su revisión conforme a los procedimientos constitucionales.
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