Una de las reformas propuestas por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), desde febrero de 2024, es la reforma judicial, la cual está cada vez más cerca de volverse una realidad. Con la aprobación en el Senado de la República, tanto en lo general como en lo particular, por parte de la mayoría calificada, esta reforma sigue causando incertidumbre respecto a la forma de elección popular de jueces, ministros y magistrados.
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Reforma judicial: Elección por voto popular libre y secreto
Lo que plantea la reforma es la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial como autoridad independiente de la Suprema Corte, integrado por magistrados electos por voto popular. Además, se otorgarán facultades amplias para investigar la actuación de cualquier juzgador, incluyendo la revisión de que sus resoluciones se apeguen a la ley, y finalmente, imponer sanciones ejemplares que podrían incluir la suspensión o destitución en caso de demostrar falta de probidad.
La reforma judicial, pone a los jueces y magistrados a someterse a votación popular cada 9 años para poder ratificar en sus cargos. Los elegidos serán evaluados durante su primer año de mandato, y si presentan un mal desempeño, podrán ser suspendidos o destituidos. Además, deberán justificar cualquier demora procesal ante el Tribunal de Disciplina, con la posibilidad de recibir sanciones.
Si la reforma se aprueba en su totalidad, los sueldos estarán limitados a la remuneración de la Presidencia. Se eliminarán los haberes de retiro y privilegios al concluir el cargo, y se procederá a la eliminación de fideicomisos, los cuales deberán reintegrarse para implementar la reforma y garantizar que los presupuestos de egresos de cada año contemplen los derechos adquiridos de los trabajadores.
Senadores aprueban en lo general y particular la reforma al poder judicial
Requisitos para jueces, ministros y magistrados
El candidato deberá contar, al momento de la publicación de la convocatoria, con un título profesional de licenciado en derecho, debidamente expedido conforme a la ley.
Además, se debe acreditar haber obtenido un promedio general mínimo de ocho puntos, o su equivalente, durante la licenciatura, así como un promedio de al menos nueve puntos, o su equivalente, en las asignaturas vinculadas al puesto al que se postula, tanto en la licenciatura como en estudios de especialidad, maestría o doctorado.
Asimismo, deberá acreditar una experiencia profesional de al menos cinco años en el ejercicio de la actividad jurídica.
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