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Esta alerta de Condusef te hará pensar 2 veces antes de aceptar ser aval de una deuda

Por: Armando Tovar 01 septiembre 2023
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Esta alerta de Condusef te hará pensar 2 veces antes de aceptar ser aval de una deuda

La Condusef ha emitido una alerta a los usuarios para que tengan cuidado al considerar ser aval de un préstamo o crédito.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), ha lanzado una alerta para que los consumidores piensen dos veces antes de aceptar ser aval de una persona de confianza que contraiga una deuda.

De acuerdo con la definición de la Condusef, un aval es una persona física o moral que funge como garantía de que el préstamo, solicitado por otra persona, sea pagado.

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Existen diversos mitos respecto a la figura de estos personajes comunes en el contrato de un crédito o de un préstamo de dinero. No obstante, en algunos escenarios ellos también pueden ponerse en peligro financiero, en caso de que la deuda no sea pagada de acuerdo a lo acordado por la institución financiera y el cliente directo.

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En primer lugar, si hay incumplimiento de pago, la deuda debería pasar a nombre del aval, quien tiene la obligación de saldarla a pesar de que en ningún momento haya utilizado el dinero recibido por el deudor.

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¿Me pueden embargar?

La respuesta es sí. La Condusef explica que “la ley ampara el pago de la deuda e incluso puede llegarse a un embargo en contra del aval. En caso de que este carezca de recurso para enfrentar sus obligaciones, se procede a retener sus bienes”.

Sin embargo, este procedimiento no puede ser efectuado por cobradores ni abogados, y debe estar dictaminado u oficializado por un juez.

De igual manera, el aval, ante un incumplimiento del deudor, quedará con un reporte negativo con el Buró de Crédito, lo cual provocará estragos en su calificación crediticia.

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En caso de perjuicio, posteriormente, la persona que quedó como garantía del pago de la deuda, una vez que el compromiso haya sido liquidado, podrá tomar acciones legales en contra del deudor, aunque este proceso no garantiza el pago correspondiente.

La Condusef hace un llamado a verificar que la persona que solicita un aval sea responsable y formal, además de asegurarse que sus ingresos sean estables y que existe la posibilidad de contraer la deuda en caso de no pago.

Finalmente, se puede renunciar a ser aval únicamente cuando la institución que otorgó el préstamo o el crédito así lo autorice.

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