Redes sociales
Suscríbete al Newsletter
Redes sociales

Reparto de utilidades 2023: Fecha límite de pago y cálculo

Por: Mundo Ejecutivo 05 abril 2023
Compartir
Reparto de utilidades 2023: Fecha límite de pago y cálculo

Se acerca el periodo del Reparto de Utilidades 2023 para los trabajadores mexicanos, una prestación avalada por la LFT.

Se acerca la época del reparto de utilidades a los trabajadores mexicanos; una prestación asentada en la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que los empleadores y empresas de lucro están obligadas a cumplirla y aquí te explicamos todo lo que debes saber sobre su pago en 2023.

De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el reparto de utilidades “es el derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtuvo la empresa o empleador el año anterior”.

Estos son tus derechos laborales, ¡que no te engañen en 2023!

¿Cuándo se paga el reparto de utilidades en 2023?

La Ley también estipula que el patrón está obligado a pagar al trabajador del 1 de abril al 30 de mayo de cada año, en caso de trabajar para una empresa.

Este video te puede interesar

Por otro lado, si el empleador es persona física, el plazo se extiende del 1° de mayo hasta el 29 de junio.

¿Cómo calcular cuánto me toca de utilidades en 2023?

El monto que se paga de las utilidades corresponde al 10 por ciento de las ganancias anuales de la empresa, y se divide en dos partes iguales para cada colaborador.

La primera mitad hace referencia a los días trabajados y la segunda mitad debe liquidarse manera proporcional al monto de salarios percibidos.

SAT declaración anual: No habrá prórroga para estos contribuyentes

Por ejemplo, si una empresa ganó 200,000 pesos el año pasado, las utilidades a repartir serán de 20 mil pesos y, de esa cantidad, la primera mitad (10 mil pesos), será distribuida de acuerdo al total de días trabajados por todos los empleados.

Los otros 10 mil pesos deberán repartirse entre el total de salarios percibidos anualmente por todos los trabajadores que componen la empresa.

En fórmulas simples quedaría de la siguiente manera:

  • Mitad 1: (5% utilidades anuales de empresa / total de días trabajados por todos los trabajadores) x Días laborados por “x” trabajador.
  • Mitad 2: (5% utilidades anuales de empresa / total de salarios anuales de trabajadores) x Total de salario anual de “x” trabajador.

“El monto total tendrá como límite a repartir tres meses del salario o el promedio de la PTU recibida en los tres últimos años, lo que resulte más favorable al trabajador”, señalan las autoridades.

En este enlace podrás conocer quiénes sí y quiénes no tienen derecho al pago de utilidades.

Síguenos en Google Noticias para mantenerte enterado

Descargable

No te pierdas nuestro especial: Julio Carranza, presidente de la ABM

Descarga gratis

Notas relacionadas

Ingresa a Cinépolis gratis


Suscribete a mundo ejecutivo e ingresa a Cinépolis con el codigo que te llegará a tu correo electronico.

Esto se cerrará en 100segundos